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Análisis de Agua de Consumo

01
¿Qué es?
Se denomina agua potable o agua apta para el consumo de los humanos a aquella que puede ser consumida sin restricción para beber o preparar alimentos.
02
¿Cuál es la normativa aplicable?
Ley 18284 Declara vigente en todo el territorio de la República Argentina, con la denominación de Código Alimentario Argentino, las disposiciones higiénico-sanitarias, bromatológicas y de identificación comercial del Reglamento Alimentario aprobado por Decreto 2126/71- Cap. XII Artículos: 982 al 1079.
Actualizado 11/2019
Ley Nª 19.587, aprobada por Decreto Nº 351/79, modificada por Resolución 523/95 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (agua potable-agua para bebidas). Especificaciones para agua de bebida
03
¿Cómo se mide y cada cuánto?
Los análisis serán hechos bajo los aspectos bacteriológicos y físicos químicos, y comprenderán las determinaciones establecidas por la autoridad competente en la zona, y a requerimiento de la misma se efectuarán determinaciones especiales. Los análisis citados serán efectuados sobre todas las aguas que se utilicen, por separado, cuando provengan de distintas fuentes. Se deberá realizar al inicio de la actividad y posteriormente un análisis bacteriológico semestral y un análisis físico-químico anual